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El juez del juzgado de lo Mercantil nº 8, que lleva el Concurso de acreedores de Sociedad de Fomento, ha desestimado íntegramente su solicitud de auxilio judicial, formulados el 22 de septiembre y 7 de noviembre de 2014 y que contaban con “el beneplácito del Administrador de su concurso”.
Según el juez, “son numerosas y palmarias las patologías jurídicas que padece el auxilio instado” y resulta “sorprendente” que lo solicitara el propio Fomento y no el Administrador Concursal con lo que “deja en evidencia su muy escaso fundamento y necesidad”.
Para el juez, que el Administrador Concursal informara favorablemente de la solicitud de Fomento de auxilio judicial supone, dado lo evidente de su insostenenibilidad, “una formulación rayana en el manifiesto abuso de derecho”.
Fomento en su petición de auxilio judicial para conservar su masa activa (bienes patrimoniales de la empresa) instaba que se procediera a:
Esta resolución fue emitida el 19 de de diciembre y el pasado viernes Fomento solicitaba la ampliación de auxilio judicial para que se reanudaran las carreras de galope, pidiendo que se “comunique a la Asociación de Hipódromos y al Gran Hipódromo de Andalucía que el ente regulador de las carreras PSI es la Sociedad de Fomento y por tanto no solo están obligados a celebrar las carreras cuyo programa ya está aprobado, sino que nada impide que la competición de galope continúe en España con normalidad”.
Según su abogado, Gonzalo Díaz, en declaraciones a Último Furlong: "La Sociedad de Fomento no recurrirá la denegación de auxilio judicial y a la vista de los fundamentos jurídicos del auto de denegación se plantea retirar la tercera solicitud de auxilio en los próximos días".
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